Darse de alta como autónomo permite trabajar en nombre propio en España. Prepara tanto el alta fiscal como la de la Seguridad Social antes de tu primer día de actividad.

Paso 1: alta fiscal ante la AEAT (modelo 036). Declara la actividad, el domicilio fiscal, las obligaciones tributarias aplicables y el epígrafe del IAE. El modelo 037 se suprimió el 3 de febrero de 2025. Consulta las instrucciones actuales del modelo 036 y los métodos de identificación electrónica aceptados por la AEAT.

Paso 2: alta en el RETA (Import@ss). Inscríbete en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos antes de iniciar la actividad; el alta puede anticiparse hasta 60 días. No se trata de un plazo de gracia de 60 días después del inicio. Comprueba el trámite correspondiente en la web de la Seguridad Social.

Al darte de alta, comprueba si tienes derecho a reducciones de la cuota y cómo solicitarlas. El importe y la duración dependen de las condiciones aplicables a tu caso. Consulta las reglas actuales de cotización en lugar de presupuestar una cuota garantizada de 80 € al mes.

Fiscalidad del autónomo

  • Declaraciones periódicas: modelo 130 para pagos fraccionados del IRPF y modelo 303 para el IVA, cuando correspondan; también pueden resultar aplicables los modelos 111 o 115.
  • Declaración anual: el tratamiento del IRPF depende de los ingresos y de la situación personal.
  • Ley Beckham: este régimen tiene requisitos específicos y no se aplica automáticamente a todos los autónomos.

Consulta a un profesional para confirmar las altas, declaraciones y plazos que exige tu actividad. La guía para crear una empresa en Barcelona ayuda a preparar las primeras preguntas.