La ley Beckham es el nombre habitual del régimen fiscal especial para impatriados en España. Puede aplicar un tipo del 24 % a la base general correspondiente hasta 600.000 €, con otro tipo por encima de ese umbral. La Ley de Startups amplió su ámbito a determinados emprendedores, teletrabajadores y profesionales, sujeto a requisitos. Trasladarse a España o darse de alta como autónomo no permite acceder automáticamente.

Requisitos que comprobar en 2026

  1. No haber sido residente fiscal en España durante los cinco periodos impositivos anteriores.
  2. Que el traslado corresponda a una de las situaciones profesionales previstas por el régimen.
  3. Ejercer la opción mediante el modelo 149 dentro del plazo aplicable, generalmente seis meses desde la fecha de inicio de actividad que conste en la documentación pertinente.

El plazo debe verificarse para tu situación. El régimen puede abarcar seis periodos impositivos: el año del cambio de residencia y los cinco siguientes, siempre que se mantengan las condiciones. Fuente: AEAT, régimen especial de impatriados.

Tratamiento fiscal que revisar

  • Compara los tipos del régimen con el cálculo ordinario del IRPF para tu situación.
  • Analiza los ingresos según su categoría y origen: no debe suponerse una exención general de todas las rentas extranjeras.
  • Revisa el tratamiento del patrimonio y las posibles obligaciones del impuesto sobre el patrimonio.
  • Determinados familiares también pueden optar por el régimen si cumplen sus propias condiciones.

Solicita a un profesional la comparación de ambos regímenes con tus ingresos, patrimonio y situación familiar reales. No puede prometerse un ahorro anual fijo sin ese cálculo. Consulta las instrucciones del modelo 149 antes de elegir la fecha de inicio.